Aprueban diputados que el Presidente pueda ser acusado por delitos contenidos en el 19 constitucional
La Comisión de Puntos Constitucionales, que preside la diputada Miroslava Carrillo Martínez (Morena), aprobó, con modificaciones, un dictamen a la minuta que reforma el artículo 108 constitucional, por la que el Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria, actos de corrupción, delitos electorales y delitos contenidos en el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Dicho párrafo puntualiza que éstos son delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, además de delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
El texto menciona que la finalidad es avanzar gradualmente en la eliminación del fuero de los servidores públicos y de quienes lo ostentan, para contribuir a desaparecer esa brecha existente entre inmunidad e impunidad, provocada principalmente por los altos grados de corrupción en México, entre otras conductas delictivas establecidas en el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y otros ordenamientos jurídicos y procesales.
El dictamen considera que la inmunidad debe limitarse a la libertad personal de cada uno de los integrantes titulares de tales órganos para que éstos, bajo cualesquiera circunstancias, funcionen con normalidad y no afecten el cumplimiento del servicio público.
Ello sin que favorezca la persecución política de los propios servidores públicos ni impacte en la estabilidad de la función que desempeñan o intervenga en la capacidad decisional de los servidores públicos.